enero 3, 2023

Con licencia de carro puedo manejar moto

Por Fernando Enteso

Los motociclistas tienen que respetar las leyes de tránsito y más que nada llevar su documentación para eludir sanciones.

El Código Orgánico Integral Penal (COIP) no establece una sanción para los conductores de motos con licencia tipo B (no profesional), pero si la persona no posee ninguna licencia, entonces recibir una sanción.

¿Qué dicta la ley de tránsito para motos en los USA?

  • Jamás mandes sms ni emplees apps del celular mientras que conduces, está completamente contraindicado.
  • En la mayor parte de los estados, es obligación que la gente de 16 a 21 años empleen un casco aprobado por el DMV.
  • En general, el límite de agilidad es de 70/80 millas por hora (unos 130 km por hora), mira las señales.
  • No adelantar a ningún vehículo y ofrecer prioridad a los turismos que circulen por el carril derecho.
  • No conduzca por ningún fundamento bajo la predominación de drogas o alcohol, esto podría ser en un DUI o arresto.

Siempre y en todo momento tienes que conducir a la protectora, eludiendo los puntos ciegos con una vista de 360 ​​grados de otros automóviles, señales, personas que pasan y las condiciones del sendero (barro, caminos sin pavimentar, asfalto mojado, etcétera.).

¿Precisa una licencia para conducir una moto en Florida?

Para conducir legalmente una moto de 2 o tres ruedas que tenga un motor mayor a 50 cc, es obligación tener una licencia de moto en Florida. Debe tener endoso de moto en la licencia de conducir o licencia de «Solo moto».

Operar este género de automóviles sin licencia (o endoso de moto) es ilegal y es fundamento de multas y sanciones.

Si el motor es de 50 cc o menos, el vehículo no entra en la categoría de moto, según se define en las leyes de licencias de conducir de los Estatutos de Florida, sección 322.01.

¿Qué se puede conducir con un carnet tipo B?

Trámite designado a la expedición de licencia de conducir no profesional tipo A o B por vez primera, mediante las áreas de trabajo de atención al usuario de la Agencia Nacional de Tránsito (ANT) en todo el país, que expiden para los próximos tipos: Licencia Tipo A : Se dan a los individuos que necesitan la licencia por vez primera.

No expertos – Motos) (Art.127, así A, numeral 1, del Reglamento de la LOTTTSV). Licencia Tipo B: Se entrega a los clientes que necesitan la licencia por vez primera. (Para vehículos y camiones con remolque de hasta 1,75 toneladas de carga útil o viviendas rodantes. Extraordinariamente, los vehículos y camiones con remolque de hasta 1,75 toneladas de carga útil de propiedad del Estado, van a poder ser conducidos por gobernantes y servidores públicos que tengan un tipo B licencia en los presuntos y cumpliendo con los requisitos que determine la normativa aplicable emitida por la Contraloría General del Estado), (Art.132, así A, numeral 2, del Reglamento a la LOTTTSV).